Las ministras Adelita Ravanales, María Eugenia Campo (suplente) y el abogado integrante Bernardo Lara desestimaron la presentación del gremio por considerar que el jefe del Ministerio Público actuó dentro de sus atribuciones.
“Que el proceder del señor Fiscal Nacional, al dictar Instrucción General mediante oficio FN N°355/2009, en uso de sus facultades normativas, no resulta contrario a la legislación vigente, la cual está obligada a respetar y sólo conforme a su observancia actúa válidamente”, reseña el fallo.
El voto de minoría fue de la ministra Ravanales, quien estimó que los fiscales no son funcionarios públicos que tengan en custodia fondos estatales, por lo que no correspondía dictar esta prohibición.
“De la normativa que rige a los fiscales adjuntos y que rola agregada en autos, no es posible concluir que, en su función custodien fondos públicos, no pudiendo atribuir dicho carácter a la evidencia recogida en el curso de una investigación la que, por lo demás, ellos mismos no custodian”, reseña en su voto.