Luego de varios planteamientos, finalmente hoy la cámara de senadores de Chile definirá, seguramente tras un arduo debate, cuantos casinos se podrán instalar en el país una vez que comience a regir la nueva ley de juego.
Hasta el momento, las comisiones de Hacienda y Gobierno Interior diferían respecto del número de casinos que podrán operar en el país. La Comisión de Gobierno Interior, que preside el senador Carlos Cantero, estimo por unanimidad que pueden funcionar 18 casinos de juego en el país, a excepción de la Región Metropolitana. Sin embargo, la de Hacienda, presidida por el senador Alejandro Foxley, cree que 15 son suficientes y mantiene la exclusión de la Región Metropolitana. Por esta razón, en el debate en sala se deberá definir una postura única respecto del tema.
El proyecto, que es largamente esperado por muchas regiones que sienten que el establecimiento de una sala de juegos puede ser un importante polo de desarrollo, establece una serie de exigencias para el operador que adicionalmente deberá incluir en el proyecto, para explotación directa o por medio de terceros de restaurantes, bar, salas de espectáculos o eventos y cambio de moneda extranjera.
Según se informó, las concesiones serán otorgadas por la Superintendencia de casinos, por un lapso de 15 años, y podrán optar a ellas sólo las sociedades anónimas cerradas constituidas en Chile, con un máximo de 10 accionistas, que se sujeten a las normas de control que rigen a las sociedades anónimas abiertas. El capital social no podrá ser inferior a 10 mil unidades tributarias mensuales, en dinero, el cual deberá estar suscrito y pagado en un 50%, a lo menos, al momento de la constitución de la sociedad.
Uno de los principales puntos, al momento de solicitar concesiones, será el de la existencia de un proyecto integral que, junto con tener en cuenta la operación de un casino de juegos, amplíe la estructura turística y cultural de la zona en que pretenda localizarse. Las cualidades exigidas al proyecto serán: incremento de la oferta turística en la zona de emplazamiento; ubicación, diseño y calidad de las instalaciones; la relación armónica con el entorno; la conexión con los servicios y vías públicas; los efectos económico-sociales que la instalación del establecimiento haya de crear o promover en la zona geográfica de su localización; y el monto total de la inversión.
Tal como quedo establecido, la fiscalización de los procesos adjudicatarios estará a cargo de una Superintendencia de Casinos de Juegos, cuyo titular será de exclusiva confianza del Presidente de la República, y tendrá representación judicial y extrajudicial. El grupo de ésta Superintendencia será de 15 personas, que se regirán por el estatuto administrativo.