En febrero, Javier Balbuena, titular de la Conajzar, anunció que el Poder Ejecutivo presentará al Congreso un proyecto de modificación de la Ley 1016/97. La idea es dotar de autonomía al ente regulador de juegos de azar y permitir que el órgano defina los plazos de concesión y no la ley.
““El proyecto ya cuenta con dictamen de comisión, pero aún no fue tratado en plenaria en Diputados.
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En este marco, el legislador Tuma recordó que, además de brindarle más facultades a la Conajzar, su proyecto propone eliminar la restricción de cantidad de habitantes por ciudad para otorgar la concesión de los casinos, entre otros punto. Actualmente, la ley establece que la licitación de casinos se realizará solo en los departamentos con más de 250.000 habitantes.
El proyecto, que fue presentado en conjunto con el diputado Mario Cáceres, ya cuenta con dictamen de comisión, pero aún no fue tratado en plenaria en Diputados. Ello, debido a que el Poder Ejecutivo aún no emitió una opinión con relación a esta propuesta de políticas públicas en materia de juegos de azar.
De acuerdo con los detalles brindados por Tuma, de aprobarse este proyecto permitirá evitar la corrupción en las licitaciones, así como el monopolio, y permitirá aumentar los puestos laborales y el desarrollo de las ciudades donde se instalen los casinos.
Proyecto
En la propuesta que está a consideración de la Cámara Baja, Tuma y Cáceres argumentan que la modificación de la normativa que regula los juegos de azar pretende generar más ingresos para las arcas del Estado, proveer de más fondos sociales, generar más fuentes de trabajo, fomentar el turismo, aumentar las inversiones en infraestructura hotelera, repercutiendo enorme y favorablemente en la economía nacional.
Así, la propuesta del legislador es modificar el artículo 25 de la Ley 1016/97. El planteamiento es que este artículo quede redactado de la siguiente manera: “Art. 25. El Poder Ejecutivo, previa aprobación por parte de la Comisión Nacional de Juegos de Azar, concederá la concesión para la explotación de casinos en todo el territorio nacional. Las prórrogas en este caso se otorgarán de forma automática siempre y cuando no hayan infringido las normas y reglamentaciones exigidas por la Conajzar”.
La redacción actual del artículo 25 señala que se concederá la concesión para la explotación de casinos solamente en los siguientes lugares del país: Asunción y en los departamentos de Alto Paraná, Itapúa, Amambay, Cordillera, Misiones y Central. Solo podrá funcionar más de un casino en la ciudad de Asunción y en los departamentos con más de 250.000 habitantes.