La Procuraduría General del Estado de Ecuador emitió un pronunciamiento en el que recordaron que la operación de casinos y salas de juego están prohibidas en dicho país, al ser los juegos de azar “una actividad de objeto ilícito en materia civil, sin importar si quienes los administran persiguen o no fines de lucro”.
El comunicado refiere al Oficio 16528 del 4 de mayo de 2026, y responde a una consulta formulada por la Junta de Beneficencia de Guayaquil, entidad que mantiene la única habilitación legal expresa para operar loterías en el país.
A partir de ello, indicaron que la diferencia entre actividades con fines de lucro y sin fines de lucro solo tiene relevancia en el ámbito penal. Dicha distinción, añadieron, carece de efecto en materia civil y administrativa.
El organismo recalcó que la legislación ecuatoriana prohíbe los juegos de azar desde el Decreto Supremo 130 de 1937 y señaló que la consulta popular de 2011 reforzó dicha prohibición para casinos y salas de juego.

La Procuraduría concluyó que ni municipios ni intendencias de Policía pueden otorgar permisos de funcionamiento para casinos físicos u online fuera de las excepciones previstas expresamente en la ley.
El debate en torno a las salas de juego se reavivó ante la apertura de establecimientos que operaban como casinos en Guayaquil bajo la figura de fundaciones sin fines de lucro. Sus promotores sostenían que la prohibición sólo aplicaba para actividades con finalidad comercial.
Entre los casos más resaltantes, aparece el Casino del Sol, ubicado junto al Hotel Sheraton de Guayaquil. La sala argumentó ante las autoridades que funcionaba bajo el amparo de la Fundación Ecuatoriana de Fibrosis Quística, con fines sociales.
Sin embargo, la propia fundación suscribió un contrato de operaciones con la compañía SUNSETBET S.A.S., empresa con fines de lucro que manejaba el casino. El local fue clausurado por el Municipio de Guayaquil y actualmente está en curso una investigación en Fiscalía.