A un año de la aprobación de la ley que estableció un marco regulatorio para la explotación de los juegos y las apuestas deportivas online en Perú, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) mantiene aún a la espera la publicación del reglamento que definirá la entrada en vigor de la norma.
Dicho reglamento será producto de la referida Ley 31.557 y, además, de la norma que la modifica, la Ley 31.806. Esta fue aprobada y promulgada en junio, luego de que la viceministra de Turismo peruana, Madeleine Burns, confirmara a Yogonet que el Mincetur había dado su opinión favorable al texto.
En esa misma entrevista, la funcionaria peruana explicó que, tras la promulgación de la ley, correspondía realizar “el análisis de impacto regulatorio”, a fin de “definir qué problemas de la sociedad está solucionando esta norma”, para así finalmente emitir un reglamento.
Se debe recordar que, en el marco de Peru Gaming Show 2023, el director general de Juegos de Casino y Máquina Tragamonedas, Eduardo Sevilla, declaró a este medio sobre dicho texto y dijo que habría “hechos concretos y evidentes a partir del próximo mes de julio”.
Eduardo Sevilla, regulador del juego peruano
Sin embargo, sigue la expectativa respecto del texto que terminará por definir los parámetros de la explotación del sector online en Perú.
Otro aspecto que genera incertidumbre es la posibilidad de que el Mincetur pre publique una versión del reglamento, de manera que los actores involucrados, como los operadores de apuestas y juego online, puedan presentar una sugerencia o aporte antes de su oficialización.
En noviembre de 2022, el Mincetur realizó una consulta pública sobre el proyecto del reglamento de la Ley 31.557, cuyos resultados fueron publicados en mayo y anunciaron el acogimiento del 70% de las sugerencias enviadas por los distintos actores del sector del juego.
Es a partir de esa experiencia que la Asociación Peruana de Apuestas Deportivas (Apadela) ha manifestado que una nueva pre publicación del reglamento, que ahora incorporará además la Ley 31.806, sería oportuna.
“Nosotros esperamos que se haga una pre publicación, porque el primer borrador tuvo más de 700 observaciones y, posterior a ello, se aprobó una modificación a la ley”, reiteró el vicepresidente de la asociación, Gonzalo Pérez, en diálogo con Yogonet.
Gonzalo Pérez, vicepresidente de Apadela
En esa misma línea, la Asociación de Bodegueros del Perú solicitó también la difusión de un nuevo proyecto de reglamento para que, según reclamaron, haya más transparencia respecto de las observaciones que fueron incorporadas en su texto.
La primera norma, la Ley 31.557, fue la que fijó un impuesto directo aplicado al Ingreso Neto (Net Win) de los operadores online del 12%. Sin embargo, y tal como lo reflejaron una serie de cuestionamientos presentados inmediatamente después de su aprobación, fue necesario un texto que corrija ciertos aspectos clave que desbalanceaban el trato hacia los operadores.
Es así que la Ley 31.806, por ejemplo, fue planteada como una alternativa que coloca en un mismo nivel de tributación a las casas de apuestas, sean extranjeras o peruanas, asegurando así una mayor recaudación tributaria.
Del mismo modo, la nueva norma establece la obligación de que las plataformas de los operadores deberán usar un dominio con la extensión “.bet.pe”, “.bet”, “.com”, “.pe” o “.com.pe”, obtenida de una entidad pública o privada u organización responsable de otorgarlos.
La presidenta peruana Dina Boluarte y el titular del Mincetur, Juan Carlos Mathews
Otro de los cambios está vinculado al costo de la licencia online, que se triplica y pasará a costar de 200 UIT a 600 UIT (lo que a valores actuales representa unos USD 740.000). El texto elimina la necesidad de una licencia de retail, es decir, que las agencias de apuestas y puntos de venta no paguen la garantía de 5 UIT (más de USD 6.000).
Además, se establece que el registro de los jugadores sea obligatorio, por lo que ya no se habilitará la operación de apuestas anónimas, y se incorporará al Código Penal el delito por explotación ilegal de juegos de apuestas deportivas y juegos online, con pena privativa de libertad de uno y hasta cuatro años de cárcel.
Finalmente, la ley también impone multas y la prohibición de ejercer la actividad a los operadores que no se ajusten a la Ley, y amplía el tiempo para su entrada en vigencia una vez aprobado el reglamento técnico, pasando de 60 a 120 días.