República Dominicana

El exadministrador de Lotería Nacional bajó del 35% al 3% el impuesto que deben pagar las loterías instantáneas

La Corporación Nacional Fracatanera (Conafra) se vió beneficiada por una decisión del ex director de la Lotería Nacional, Luis Maisichell Dicent, quien bajó de un 35% a un 3% los impuestos a las loterías instantáneas.
13-07-2021
Tiempo de lectura 2:30 min
La adenda al contrato fija un pago mensual, pero la institución no registra ninguno hasta inicio de julio. La modificación es del 18 de noviembre de 2020.

La Corporación Nacional Fracatanera (Conafra) se vió beneficiada por una decisión del ex director de la Lotería Nacional, Luis Maisichell Dicent, quien bajó de un 35% a un 3% los impuestos que la empresa debe pagar por su exclusividad en la venta de loterías instantáneas.

Esta decisión quedó plasmada en una adenda firmada en 18 de noviembre de 2020 por Dicent, como director general de la Lotería, y Norberto Antonio Taveras Estévez, como presidente de Conafra, al contrato de exclusividad firmado entre ambas partes en mayo de 2003.

De acuerdo con el contrato original, en su artículo 1, la Lotería Nacional otorga el “derecho exclusivo a Conafra para operar, distribuir, vender y comercializar en todo el territorio de la República Dominicana, el sistema de lotería instantánea, denominado fracatán, así como también la explotación, comercialización y venta a nivel nacional e internacional de la modalidad de todo tipo de juego por internet o redes nacionales e internacionales”.

El artículo segundo establece que, como compensación a la exclusividad por las loterías instantáneas o “fracatanes”, Conafra se obligaba a pagar a la Lotería Nacional “el 35% de los beneficios netos que genere cada juego de fracatán que sea colocado en el mercado”.

El tercer artículo indica que dicho pago debe realizarse en un plazo no mayor de 60 días a partir de la fecha en que Conafra reciba cada juego de parte de la Lotería Nacional o del Estado dominicano.

Con la adenda de noviembre pasado, cuyo objeto es la modificación de los artículos segundo y tercero, se establece que Conafra se obliga a pagar a la Lotería Nacional “el 3% de las ventas brutas que genere cada juego que sea colocado en el mercado, y esto calculado por el precio de venta de cada boleto”.

Además, cambia el tiempo de pago, al indicar que la compensación deberá realizarse mensualmente, a los 15 días del siguiente mes, mientras el cuarto y último artículo de la adenda especifica que se mantienen igual todas las demás partes del contrato de 2003.

Sin embargo, la empresa no ha realizado a la fecha ningún pago, como demuestra un reporte entregado por la Lotería Nacional. El reporte muestra en cero todos los meses transcurridos desde diciembre de 2020 hasta junio de este 2021. Solo en 2020 se refleja un único pago, en el mes de julio, por un monto de RD$ 11.310.528 (US$ 196.800) en concepto de “pago de impuesto juegos 9499, 01-02”.

En la actualidad, Dicent permanece en prisión preventiva como parte de un grupo de empleados de la esa entidad investigado por el supuesto fraude realizado durante un sorteo de lotería. Las investigaciones encaminadas por el Ministerio Público han sido denominadas como Operación 13, en alusión al número que habría resultado ganador durante el sorteo que se presume fraudulento.

Desde el Estado se toman decisiones que favorecen a las bancas de lotería, aunque con un revés con el actual administrador interino que tiene la Lotería Nacional, Teófilo (Quico) Tabar, quien ha dado un plazo de 30 días a Fenabanca para que organicen ellos mismos los sorteos de los productos que comercializan.

El 17 de enero de 2019, el Ministerio de Hacienda emitió la resolución 005-2019 que eliminó los límites de 200 metros lineales de espacio que debía existir entre una banca de lotería y otra, así como la cantidad de metros reglamentarios entre una banca e instituciones públicas como escuelas y hospitales. En 2017, mientras se discutía en el país la aprobación de la Ley de lavado de activos, se cuestionó que los legisladores excluyeran a las bancas de lotería y de apuestas de la lista de instituciones que son sujetos obligados no financieros de dicha ley.

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